Extractos de las Actas de Cabildo del Ayuntamiento de Toluca

Número de acta: 826
Fecha:
15 de abril
Año: 
1839 
Ramo/Tema :
Higiene y Salubridad Pública
Asunto :
Corral de matanzas y salubridad
Tipo de acta: 
Actas capitulares
Extracto:
Oficio de la prefectura, transcribiendo el del secretario de gobierno en que contesta que: dio cuenta al gobierno con el oficio de la prefectura en que traslada el que le dirigió el sub prefecto de Tenancingo, contraído a la enfermedad que reina en su partido, las causas a que lo atribuye, y los remedios que en su concepto convendría adoptar, reducidos a estancar las carnes para precaverlos. La orden del Secretario de gobierno sigue diciendo que: la prefectura dicte sus órdenes más estrechas y cuide de su cumplimiento para que en todas las poblaciones del distrito se pongan en un paraje público, señalado por la autoridad local las reses que se han de matar otro día, a fin de que allí se vea el estado de su salud por la misma autoridad local, y se tome razón en un cuaderno de su procedencia, dueño, fierro y marca, prohibiendo bajo una multa de veinte pesos y pena de perder la res al contraventor, destinando el valor de la carne decomisada, si fuera buena a los fondos del lugar así como la multa y quemándose la que estuviere mala que no deberá venderse, también es conveniente que los animales se maten y vendan en un mismo paraje y que al señalarlo se cuide de que no sea en el centro ni por el rumbo dominante en cada población, haciendo que cada día lo asen los mismos matadores y obligándolos a que tiren muy distante las inmundicias y osamentas para librar a aquella de esa corrupción, con lo que se evitarán los robos de animales , la defraudación de las alcabalas, y el contagio de la enfermedad en la población, entre tanto se forma el correspondiente Reglamento de Policía de un ramo tan interesante a la salubridad general como es el de consumo de las carnes. El secretario de gobierno también ordenó que: se encargaba su puntual cumplimiento en todas sus partes, advirtiendo que cualquiera omisión que para este ramo se nombre en la Observancia de todas o algunas de las prevenciones que contiene esta orden, será de su responsabilidad, que asimismo de acuerdo con el administrador de la Aduana se designe un local donde se verifique la matanza de reses mayores y menores, sin permitir que por ningún motivo en lo sucesivo la multitud de casas donde matan ocultamente y están situadas en los suburbios de Santa Bárbara, Cruz Blanca, Huitzila, Calvario y otros en las que a mas de matar reses enfermas, ovejas, chivos y otras que son nocivas a la salubridad pública, defraudan los derechos del erario. Que también se libre orden a las haciendas de esta municipalidad para que las reses que se les mueran por enfermedad no las vendan por raciones a los dependientes, sino que las tiren o quemen, pues que las epidemias suelen traer su origen en este principio. El síndico primero expuso que. respecto a la primera nota, que como que la orden superior que se manda circular por el gobierno a todo el distrito de la prefectura, estaba en el deber el ayuntamiento obsequiarla, haciendo que en todas partes se lleve a efecto por el interés que resulta al bien público y a la salubridad para lo que podrá ponerse de acuerdo con la administración de la Aduana para que se elija el punto más propio en que podrá hacerse la matanza y que se transcriba a los hacendados por medio de una circular para que cumplan por su parte con los que respectivamente les toca en la mortandad de sus ganados. El señor Fernández dijo que: recuerda que hacía algunos años que el gobierno había dictado igual providencia que aunque se puso en práctica por el empeño que se tomó en ello, no tuvo efecto porque los matanceros o abastecedores suspendieron la provisión y tuvo el público que carecer de carne, lo que dio motivo a que se derogase la providencia. El presidente dijo que: no podría la comisión encargarse de surtir de carnes ni abastecer de reses por las dificultades que tendría que superar, pues que los síndicos podrán ponerse de acuerdo con el prefecto y administrador para que les designara un local y que les hagan no obstante sus observaciones, pues que para que el ayuntamiento pudiera hacer llevar a efecto la empresa sería necesario que tuviera dinero y solicitar el ganado fuera, como lo hacen los que se emplean en aquel ejercicio. El síndico dijo que: está en la mejor disposición de hacer por su parte este servicio, representando los males que iba a recibir el público en caso de que se nieguen los abastecedores, al tenor de la providencia, para que sino obstante esto se llevaría a efecto y que el prefecto resolviera lo que le pareciera para que no se culpase a la corporación de insalubridad. Fernández insistió en que siempre que convenga tendrá el ayuntamiento que contratar el ganado para el abasto para cubrir su responsabilidad. El presidente dijo que: quede a cargo de los síndicos esta comisión para los acuerdos que tendrá n que tener con los prefectos y administrador para adelantar más el tiempo y que lo harán verbal, omitiéndose hacerlo de oficio. 

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