Extracto:
Nota de la prefectura del distrito de Toluca al Ayuntamiento, transcribiendo otra del señor Secretario del Gobierno del Estado, en que se inserta la del Señor Ministro de Gobernación y en que consta que el Excelentísimo Señor Presidente de la República tuvo a bien acordar que: sin perjuicio de que se informe acerca del estado que guarde la vacuna, se ordene a los ayuntamientos y jueces de paz que se procuren el pus necesario si se hubiese perdido en su demarcación y que den parte mensualmente al gobierno de los progresos que se hagan en su propagación, o de las dificultades que se presenten y medidas que al efecto se dictaren para que se lo ponga en conocimiento de aquel ministerio, lo cual se hacía saber para su puntual cumplimiento.
Contéstese de enterado, pasando a la comisión del ramo para que se cuide de la observancia de todo lo que previene.
Nota de la prefectura al Ayuntamiento. En ella la prefectura que: la comisión encargada de la vacuna, dicte providencias conducentes a fin de que concurra el número competente de niños a la sala consistorial, cuando se les vaya a suministrar la vacuna, pues el flebotomiano que la suministra, ha observado que sólo asiste un número muy reducido de niños a recibir aquel bien, el cual debe procurarse más extensivamente por redundar en beneficio de la juventud.
A la comisión del ramo contestando de enterado.
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