Extracto:
Superávit de 361 pesos, cuatro reales y uno y medio granos, de la que deberán deducirse treinta y un pesos, tres reales, siete y medio granos que al señor Sobrino como comisionado de la cárcel se le adeudan por haberlos suplido para la manutención de los encarcelados en razón a no haber bastado los 170 pesos que se dataron en el presupuesto mensual para los alimentos de aquellos a causa el mayor ingreso que hubo de reos y al señor Renedo por la comisión de alumbrado que ha servido diez o ocho pesos por que asimismo no bastaron los ciento cincuenta pesos que igualmente se presentaron por haber aumentado en su valor el precio del aceite.
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