Extractos de las Actas de Cabildo del Ayuntamiento de Toluca

Número de acta: 1863
Fecha:
19 de junio
Año: 
1849 
Ramo/Tema :
Hacienda Municipal
Asunto :
Ordenando el pago de una multa puesta en depósito
Tipo de acta: 
Actas capitulares
Extracto:
Ocurso presentado por Don Eduardo Maya, quejándose de que: la multa de cinco pesos, que le ha sido impuesta por los señores Jiménez y González y González de González, la calcula excesiva y la paga injusta y pide que: se le exonere de ella. El señor Barrera dijo que: en concepto de que ninguna autoridad puede proceder con más facultad que con aquella que le esté cometida expresamente por la ley, quería su señoría saber, por qué ley, o por qué artículo de las Ordenanzas Municipales estaban facultados los regidores para poder imponer las multas que como la de que se quejaba el señor Maya le había sido señalada por la comisión de Alameda. El señor Barrera siguió diciendo que: porque aún en el bando de buen gobierno, si bien se designaban las penas pecuniarias por las infracciones de policía, era bajo la circunstancia de quedar sujetas a la calificación de la autoridad respectiva, sin concederla a los capitulares, y ya se ve que no podría ser de otra manera puesto que el citado bando debe formarse de absoluta conformidad con el decreto de 7 de enero de 1847 de las Ordenanzas Municipales, y además disposiciones del gobierno, de manera que no apareciendo en todas las dictadas hasta hoy, concedida expresamente semejante facultad, y siendo este requisito tan absolutamente necesario, solicitaba la aclaración que había indicado, pues deseaba que los procedimientos del cuerpo municipal y de sus miembros en particular estuvieran apoyados en las leyes para que fuesen respetados y jamás se pusiesen en ridículo. De manera que, si el trámite dictado por el presidente con respecto a la exhibición de la multa traía su origen en la facultad que, como alcalde, le estaba cometida para imponerlas y mandarlas llevar a ejecución, estaba desde luego su señoría por el trámite, más en el caso de que así no fuere, se oponía pidiendo que: su voto fuera en contra en el acta que el del presente cabildo debía extenderse. El presidente dijo que: el trámite de que se trataba había sido citado por su señoría como presidente del ayuntamiento y en concepto de que la parte que debía exhibir la multa, si se creyera agraviada y sin el deber de satisfacerla, podría muy bien enterarla en clase de depósito, para después hacer uso de los derechos que las leyes concedían en semejantes casos y siempre que con vista del informe la comisión resultaría que debiere llevarse a ejecución, pero que, sin embargo, podría preguntarse al cabildo si el referido trámite se llevaba a efecto o se reformaba de alguna otra manera. A favor de que el trámite se llevara a efecto: el presidente, Pozo, Arriaga, Jiménez, Escudero y síndico segundo, en contra Villavicencio, Rojas y Barrera, se aprobó entonces el trámite, fueron 6 contra tres. 

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