Extractos de las Actas de Cabildo del Ayuntamiento de Toluca

Número de acta: 1850
Fecha:
15 de mayo
Año: 
1849 
Ramo/Tema :
Higiene y Salubridad Pública
Asunto :
Medidas y nombramientos de eclesiásticos para combatir el cólera morbus
Tipo de acta: 
Actas capitulares
Extracto:
El señor Montes de Oca dijo que: deseaba saber si estaban ya señalados los edificios que deberían ocuparse para los lazaretos, en caso de que el cólera morbus invadiera la ciudad. El presidente dijo que: no se había verificado, puesto que los regidores encargados de los cuatro cuarteles en que está dividida la ciudad solicitarán los locales correspondientes, dando cuenta en el próximo cabildo con el resultado. El presidente dijo que: se estaba imprimiendo el método curativo y preservativo, formado por el señor Rayón y aprobado por la Junta de Salubridad y por los facultativos que se reunieron con este objeto en la prefectura de esta ciudad, manifestando igualmente haber hablado su señoría con el Juez Eclesiástico y el Reverendo Padre Guardián de San Francisco, para el nombramiento que debe hacerse de los sacerdotes, que como miembros de las juntas, a cuyo cargo deben estar las secciones, deben desempeñar los deberes de su ministerio y los demás que se imponen a dichas juntas, según el proyecto aprobado y presentado por la comisión especial que se nombró para tal objeto: El presidente siguió diciendo que: el Reverendo Padre Guardián de San Francisco le expuso que: le parecía conveniente que el desempeño que se solicitaba de parte de los sacerdotes se verificara interviniendo en ella, no solamente los clérigos y franciscanos, sino de todas las demás religiones que se hallaban en los conventos de esta cuidad, para lo que creía oportuno ponerse de acuerdo con los prelados respectivos, en cuyo caso se haría la denominación de los que fuesen nombrados y el segundo expresando su conformidad con lo expuesto ofreció que por su parte se cumpliría eficazmente. El señor Suárez dijo que: le parecía más conforme y conveniente que el ayuntamiento se entendiese directamente con los prelados de los conventos, para el nombramiento de los sacerdotes que deben acompañar a las juntas como miembros de ellas, sin necesidad de que sea por conducto del Juez Eclesiástico, por los inconveniente y demoras que esto deba ocasionar, ocurriéndose a esta autoridad puramente para el nombramiento de los dos clérigos que también deben ocuparse. El señor Guzmán dijo que: habiendo sido éste el espíritu de la comisión, ésta estaba de conformidad con lo que se proponía por el señor Suárez, y siendo adoptada la propuesta por el cabildo quedó acordada mandándose que se ponga en ejecución por medio de oficios comedidos y atentos. 

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