Extractos de las Actas de Cabildo del Ayuntamiento de Toluca

Número de acta: 1561
Fecha:
29 de febrero
Año: 
1848 
Ramo/Tema :
Hacienda Municipal
Asunto :
Disponiendo el cobro de derecho municipal
Tipo de acta: 
Actas capitulares
Extracto:
Se dio cuenta con el dictamen de la comisión encargada de abrirla sobre el cobro del derecho municipal que estableció la ley de 6 de mayo de 1847, el cual dice a la letra: La secretaría dio cuenta con ella y por vía de instrucción llamó la atención del ayuntamiento sobre su artículo segundo, cuyo espíritu convence de la diferencia entre aquel impuesto que es puramente municipal y el de alcabala, que lo es fiscal, sin más que encargó como para mejor y más fácil desempeño, el cobro del primero al administrador de rentas que lo era del segundo, de que debe inferirse que suprimidas las alcabalas por la ley del 16 de octubre del mismo año, no debe deducirse que lo quede igualmente el expresado derecho municipal del mismo modo que no lo fue el de pilones, de que también se habla en la ley de 6 de mayo, que por otra parte no menciona entre las expresamente revocadas el artículo 92 de la de 16 de octubre. El señor Martínez de Castro dijo que: abundaba en las mismas ideas, y estaba porque aprobada la única proposición del dictamen se recabase del gobernador del Estado la competente resolución. El señor Hernández dijo que: se hiciera cuanto antes, pues es intolerable y sobre todo injusto, que algunos de los causantes, entre ellos su Señoría, satisfagan puntualmente aquel impuesto, mientras otras lo resisten y de hecho no lo satisfacen. La secretaría repitió la proposición del dictamen, el cual se aprobó. 

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