Extractos de las Actas de Cabildo del Ayuntamiento de Toluca

Número de acta: 1554
Fecha:
22 de febrero
Año: 
1848 
Ramo/Tema :
Higiene y Salubridad Pública
Asunto :
Disponiendo el envío de reos enfermos al hospital de San Juan de Dios
Tipo de acta: 
Actas capitulares
Extracto:
Nota del vicepresidente de la Junta Directiva del Hospital de San Juan de Dios, contestando el que se libró para que diese sus órdenes a fin de que se recibiesen en dicho hospital los enfermos que existen en la cárcel, mal atendidos y a peligro de contagiar al resto de ella. El vicepresidente dice en dicha nota que: está pronto a admitirlos, siempre que el señor presidente municipal se comprometa a satisfacer las hospitalidades, a razón de dos reales por cada enfermo, sin quedar responsable a su seguridad y sin perjuicio de que dará cuenta a la Junta, a quien toca acordar lo conveniente y quien lo hará lo más pronto posible. El presidente expuso que: había la necesidad de una pronta resolución sobre el particular, en obvio de los riesgos consiguientes a la continuación de los enfermos en dicha cárcel y, sin embargo, se había abstenido de tomarla, porque se trata de varios gastos cuya autorización puede hacer el ayuntamiento. El presidente siguió diciendo que: Los enfermos que hoy existen son nueve, cuyas hospitalidades importan dieciocho reales diarios, a que deberán agregarse los sueldos de los celadores, respecto de los cuales, dijo su señoría que: tenía que advertir al ayuntamiento que el número de tres que aprobó en el cabildo anterior, no era suficiente para el cuidado de los reos enfermos, así porque entonces se dijo que eran cinco y hoy son nueve, como porque el desempeño constante de la guardia no pueden hacerlo fácilmente sólo los tres aprobados. El presidente propuso: que fuesen cinco por lo menos, de lo que uno tuviese el carácter de cabo y sueldo de dos y medio reales diarios y los otros cuatro dos reales cada uno también diarios. Barbabosa y Martínez de Castro recordaron que: en otra vez el ayuntamiento tuvo una iguala con el referido hospital, dando según recordó el segundo, la cantidad de 400 pesos anuales y por ella podían remitirse todos los enfermos que como los actuales estaban a la responsabilidad del expresado cuerpo. Barbabosa dijo que: se recordasen los términos de dicha iguala y se adoptasen de nuevo por cuanto de esa manera resultaría menos gravamen a los fondos municipales. El síndico primero dijo que: considerar el asunto como lo propone Barbabosa, demandaba una dilación peligrosa cuando el asunto es ejecutivo y su resolución debía tomarse en el acto, pues ni es justo ni conveniente permanezcan por más tiempo los reos enfermos en la cárcel. Acuerdos del cabildo: 1.- Se avise al vicepresidente de la Junta Directiva del Hospital de San Juan de Dios que conforme a las indicaciones de su nota del 20 del actual por la urgencia que demanda el negocio a que se refiere y sin perjuicio de consultar a los términos de una iguala equitativa a la vez que conveniente a ambas corporaciones, por ahora conviene este ayuntamiento en que se trasladen inmediatamente al referido hospital los enfermos que existen en esta cárcel, pagando por cada uno dos reales diarios de hospitalidades, según se manifiesta en la expresada nota. 2.- Se autoriza el gasto de tres a cinco celadores según fuere necesario, para el cuidado de dichos reos en el expresado hospital, pagándose a uno de ellos que se titulará cabo, dos y medios reales diarios, y a los restantes dos reales cada uno también diarios. 

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