Extractos de las Actas de Cabildo del Ayuntamiento de Toluca

Número de acta: 1425
Fecha:
1 de julio
Año: 
1845 
Ramo/Tema :
Hacienda Municipal
Asunto :
Medidas de la asamblea departamental respecto a las haciendas municipales
Tipo de acta: 
Actas capitulares
Extracto:
Nota de la Asamblea Departamental en que solicita se le dé noticia circunstanciada, loa días primeros del mes de agosto de cada año, de las existencias en numerario que actualmente tengan las arcas municipales foráneas de los Departamentos, sea cual fuera el pueblo donde se hallen situados. De los ramos a que pertenezcan las existencias que reciben en las arcas, lo que rindan mensualmente el de propios y arbitrios, y otros con que cuentan los fondos municipales, gastos fijos de recaudación que reportan y las cargas que tienen que cubrir, expresando la disposición en virtud de la cual lo verifican. Que el reconocimiento por esta vez sea hecho por los prefectos por sí, dejando autoridad que formaron de la existencia que aparezca de caudales para que cada mes se dé noticia por duplicado de los ingresos y egresos que haya habido, quedándose con una copia y la otra se remitirá al gobierno del Departamento. Que al tiempo de practicar el corte de caja mensual en las municipalidades no separará por más gastos que los decretados por la Asamblea en el ordenamiento de 15 de febrero de 1841 y por lo que posteriormente estén aprobados por la autoridad correspondiente y las faltas que adviertan en las recaudaciones o inversión de caudales serán señaladas en los estados que formasen por medio de las notas correspondientes. Que formarán los prefectos una noticia circunstanciada que contenga el crédito activo y pasivo de cada municipalidad, hasta el día en que se practique el reconocimiento que expresa la primera proposición y quedándose con una copia, la autoridad remitirá el original al gobernador para que la mande pasar a la Asamblea y que sea con la brevedad posible. Agregando el prefecto su puntual cumplimiento y previniendo que estas noticias deben estar en la oficina por triplicado sin que pase del día 15 del actual mes de julio. 

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