Extractos de las Actas de Cabildo del Ayuntamiento de Toluca

Número de acta: 1127
Fecha:
18 de octubre
Año: 
1842 
Ramo/Tema :
Comercio e Industria
Asunto :
Ordenando el establecimiento de fábricas de hilados y tejidos lejos de las costas y las fronteras
Tipo de acta: 
Actas capitulares
Extracto:
El secretario de gobierno de este departamento inserta la Suprema Orden del Ministerio de Hacienda, que dice que: habiéndose denunciado de que algunas fábricas manufactureras de algodón se introducen mantas de hilazas extranjeras por la facilidad que se encuentran a las vendiéndose después como producciones de dichas fábricas con grave perjuicio de los demás individuos de la industria y que siendo necesario adoptar una medida bastante a reprimir un abuso tan escandaloso como nocivo se prohíbe la introducción de hilazas y tejidos ordinarios de algodones extranjeros, y que el presidente provisional de la república s ha servido acordar que toda fábrica de hilados o tejidos que se establezca en la república deberá situarse a 25 leguas por lo menos de las costas o fronteras y que la fábricas que se hallan ubicadas a la inmediación de las mismas costas deberán retirarse a la distancia que se les señala en el término de cinco años, bajo las penas de la hilaza y tejidos ordinario de algodón extranjero que se encuentren como introducidos clandestinamente. Que se conteste que en esta municipalidad no hay fábricas manufactureras, pues los tejidos ordinarios que se fabrican son de mantas angostas y entreanchas, pero con hilados del municipio. 

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