En cabildo se acuerda que: las multas de los contraventores del bando de policía, serán destinadas al puente de la Aduana Vieja y no a la reposición y compostura de cañerías, como lo habían acordado los alcaldes, que el cabildo pensaba que era más preferente cuidar de los acueductos para proveer de agua potable a la ciudad que amortizar un dinero en una obra que si bien sería útil, ni era tanta exigencia como la otra ni la parte de multas podría bastar para cubrir su costo. Que en comparación al que realmente debía ser apenas llegaría a una sexta parte, sin que se supiera de dónde había de sacarse lo demás, pero que deseando proceder en este negocio con conocimiento del ayuntamiento, quería oír de este su acuerdo para conducirse con arreglo a las disposiciones del Artículo 71 del Bando Municipal, que prevé que las multas sin destino se apliquen una tercera parte al denunciante, otra a obras públicas y la otra al fondo común.}