Se dio lectura al dictamen de la comisión, sobre la solicitud de don Rafael Solalinde, contraída a que: se le conceda tres pajas de agua para su casa número 2 en la calle de Matamoros. Dicho dictamen dice : -que: la comisión de aguas que la antecedió, comentó que: la petición pudiera concederse, siempre que el interesado cumpliese con los requisitos de las Ordenanzas Municipales y a más con todo lo relativo a la conveniencia pública, en tal virtud, y no encontrando la repetida comisión obstáculo alguno, sujeta a la deliberación de este ilustre cuerpo, las proposiciones siguientes:
1.- Se le concede al ciudadano Rafael Solalinde el goce de tres pajas de agua tomadas del lugar donde designa u otro que la comisión señale, de acuerdo con el solicitante.
2.- Se pagará por ese a los fondos municipales la cuota designada.
3.- Toda clase de gastos, composturas, y demás serán satisfechos por el solicitante.
4.- La postura de cañerías y su arreglo no pasará de una semana, a lo más.
5.- Gozará el solicitante de esta gracia, mientras y cuando el vecindario no tenga escasez del agua, en cuyo caso, previo aviso del interesado, se usará aquella en beneficio público.
6.- Se concederá esta gracia sin perjuicio del publico y derecho de tercero y con total arreglo a las Ordenanzas en la materia, de las de policía y leyes de privilegios.
Sala de comisiones del ayuntamiento, Toluca, mayo 4 de 1848. José María Barbabosa. Fue dictamen de primera lectura, a moción de Barbabosa, por lo tanto, se reservó para segunda lectura.}